Protocolo sobre casos de acoso escolar

Protocolo de prevención, intervención y seguimiento de casos de acoso escolar o bullying

Introducción

Toda escuela que procura mejorar las relaciones entre los alumnos, aumenta sustancialmente el bienestar de las personas que en ella conviven. Nosotros en el Colegio Ponceño, haciendo eco de las palabras de San José de Calasanz: “Si desde la más tierna edad, los niños son imbuidos diligentemente en la piedad y en las letras hay que esperar, sin lugar a duda, un feliz curso de toda su vida”, trabajamos arduamente para que todos nuestros estudiantes experimenten un ambiente armonioso, dentro de la diversidad, que los lleve a desarrollar los valores necesarios para enfrentar los grandes retos de la vida.  Esta tarea debe realizarse en conjunto, entre los familias y el Colegio. Por tal razón, hacemos un llamado a los padres, madres o encargados de nuestros  estudiantes para que, desde el hogar y con su buen ejemplo, eduquen a sus hijos para que sean generosos y caritativos con sus compañeros(as).
El acoso escolar o bullying, en todas sus manifestaciones, es una gran preocupación para todos los componentes de las comunidades escolares en Puerto Rico.  Los incidentes que se generan en las escuelas afectan el clima y el orden institucional con sus secuelas sociales, emocionales y legales.
El Colegio Ponceño rechaza todo acto de violencia que atente contra la integridad moral o física de nuestros estudiantes, a tenor con lo establecido en la Carta circular del 9 de abril de 2013 del Departamento de Educación.

Definición de acoso escolar o bullying

El acto de acoso escolar bullying se define como cualquier patrón de acciones repetitivas e intencionales por uno o más estudiantes, dirigidas a causar daño o malestar y en donde hay un desbalance de poder real o percibido por la víctima.
No podrá definirse como acoso escolar o bullying incidentes de violencia interpersonal o conflictos entre pares en el escenario escolar, si no se evidencian los tres elementos principales de la definición, a saber: conducta repetitiva, intencionalidad y desbalance de poder real o percibido por la víctima (Olweus, 1992).

Fase de Prevención:

Padres o encargados

1.  Será responsabilidad del Director   asegurar que todos los padres o encargados de estudiantes del Colegio Ponceño hayan sido orientados con respecto a este Protocolo. Esta orientación se llevará a cabo en la Reunión Informativa de padres al inicio del curso escolar.

2.   Los padres o encargados recibirán material informativo sobre el Protocolo dentro del Reglamento de Estudiantes. Los padres o encargados deben firmar la hoja de Certificación y devolverla al Colegio. Dicha Certificación firmada servirá de evidencia de la entrega del mismo.

3.   Todos los padres o encargados deberán ser orientados periódicamente. Se sugiere que esta actividad se lleve a cabo al menos anualmente y puede ser mediante un tablón  de edictos, en la página electrónica del Colegio, en hojas sueltas durante la entrega de notas, etc. con  respecto a  lo que constituye acoso escolar y sus efectos, además de recalcar las consecuencias legales y las medidas disciplinarias que conlleva incurrir en estas conductas.

4.   Los padres o encargados deben enseñar y modelar los valores de sana convivencia (empatía, solidaridad, respeto, tolerancia, etc.) Se le debe dejar saber a un niño/ a que no debe pegar, insultar ni herir los sentimientos de otro niño/a.

5.   Si observan en su hijo/a algún  comportamiento que pudiera ser indicio de posible acoso escolar (bullying), deben escuchar a sus hijos con atención para saber lo que les está pasando.  Los padres deben informar al Colegio sobre cualquier situación de posible acoso escolar.

6.   Los padres deben estar atentos a comportamientos  de sus hijo/a, tales como…

Posible acosador (bully):
•    Vuelve a casa con pertenencias que no son suyas.
•    Tiene dinero extra que usted no le dio.
•     Habla despectivamente, se mofa de otros niños frente a     usted o con amigos.
•    Le encuentra mensajes de texto, mensajes en el Internet que son preocupantes (amenazando, acosando, o hablando despectivamente de otros, etc.).

Posible víctima:
•     Vuelve a casa  quejándose de pertenencias que  le faltan o  que están dañadas.
•    Tiene moretones, cortes o rasguños sin explicación.
•    Se muestra temeroso de ir a la escuela.
•    Se queja de sentirse mal los domingos en la noche o las mañanas de días lectivos.
•     Le encuentra mensajes de texto/ mensajes en el Internet que son preocupantes (recibiendo amenazas, insultos, imágenes ofensivas, etc.).

Estudiantes

1. Será responsabilidad del Director del Colegio asegurar que todos los estudiantes hayan sido orientados con respecto a este  Protocolo.

2. Cada estudiante recibirá el Reglamento de Estudiantes, el cual contiene el Protocolo de prevención, intervención y seguimiento de casos de acoso escolar del Colegio Ponceño. Los estudiantes  deben firmar la hoja de Certificación  y devolverla al Colegio. Dicha Certificación firmada servirá de evidencia de la entrega del mismo.

3.  Participarán de una encuesta anónima donde se identificarán factores esenciales para el manejo de acoso escolar.

4.  Toda la matrícula escolar será orientada periódicamente por las Consejeras, Decano/a, Maestros o recursos profesionales externos, respecto a lo que constituye acoso escolar y sus efectos. Además, se recalcará  las consecuencias legales y las medidas disciplinarias que conlleva incurrir en estas conductas.

Maestros y demás personal del Colegio Ponceño

1.    Recibirán el Protocolo de prevención, intervención y seguimiento de casos de acoso escolar o bullying.  La firma de acuse de recibo será la evidencia  de la entrega del mismo.

2.    Deberán ser orientados con respecto a lo que constituye acoso escolar y sus efectos.  También se les orientará sobre las consecuencias legales y las medidas disciplinarias que conlleva incurrir en estas conductas, así como de métodos efectivos de prevención de acoso escolar.  La hoja de asistencia será la evidencia de que el personal fue adiestrado.

3.     A principios del año escolar los maestros de salón hogar administrarán y tabularán los cuestionarios de la encuesta anónima para la medición y evaluación de conducta estudiantil.  Este proceso será supervisado por los Principales.  La tabulación se entregará  al Consejo de Disciplina quienes serán responsables de evaluar los hallazgos y presentar un plan de acción de acuerdo a las necesidades del Colegio.  Este plan de acción debe incluir estrategias  para asegurar la supervisión  en las áreas escolares  donde se necesite.

4.    Los/as maestros/as integrarán temas relacionados con la prevención de acoso escolar tales como: respeto, sana convivencia escolar, inclusión, manejo de conflicto, compasión, diversidad, bondad y empatía entre otros en su currículo.  Esta actividad debe estar evidenciada en la planificación diaria del maestro/a.

Procedimiento para la intervención en los casos de alegado acoso escolar o bullying

Documentar:

1.    El/la Consejero/a, el Coordinador de  Pastoral o persona designada por ellos es responsable de recibir las quejas orales y/o escritas del alegado acto de acoso escolar.  La persona atenderá de forma inmediata la situación, completará la Hoja de referencia al Decano de Disciplina  y mantendrá evidencia de dichos casos.  Si se identifica que la conducta amerita atención médica o ayuda psicológica, se harán los referidos pertinentes de forma inmediata comenzando por los servicios de enfermería del Colegio.  Se  guardará evidencia de dichos referidos.  Se debe abrir un expediente (Formulario para documentar incidente de alegado acoso escolar o bullying)  para toda alegación de acoso escolar no más tarde de tres (3) días lectivos.
2.    Estos casos pueden ser reportados por alguna de las partes involucradas, por terceros o cualquier persona que tenga sospecha de que esté sucediendo el alegado acoso escolar.  Cualquier miembro de la comunidad escolar,  ya sea estudiantes, maestros, padres/encargados o cualquier otra persona, que tenga información fehaciente (irrefutable, evidente, cierta, indiscutible, fidedigna u obvia) sobre un alegado acoso escolar o bullying  tiene la responsabilidad de reportarlo al/la Consejero/a, Coordinador de Pastoral o persona designada por ellos.

Investigación de la queja:

1.    El/la Consejero/a, Coordinador de Pastoral o persona designada por ellos entregará el expediente inicial al Decano de disciplina correspondiente quien a su vez llevará a cabo una investigación que incluirá: entrevistas al informante (de este no ser anónimo), a la/las posible/s víctima/s, al/los alegado/s agresor/es, espectador/es o agitador/es y testigo/s del acto.

a.    Se le notificará al/la Principal correspondiente y a los maestros de los estudiantes implicados en el alegado acto de acoso escolar o bullying  para que estén pendientes a la interacción entre estos estudiantes dentro y fuera del salón de clase e informarán al/la Decano/a completando el formulario de observaciones, provisto por el Decanato, no más tarde de dos (2) días lectivos.
b.    Las entrevistas siempre se darán de manera separada       (sin excepción alguna) con el fin de proteger a las partes involucradas.

2.    Durante la entrevista a alegado/s agitador/es o acosador/es se les instruirá para que desde ese momento se abstengan de mantener algún tipo de contacto con la alegada víctima.  Asimismo se instruirá a la alegada víctima para que informe cualquier palabra, gesto o acto ofensivo hacia su persona por parte del/los alegado/s acosador/es o alegado/s agitador/es.

3.    Una vez se entrevisten las partes, el Decano notificará al padre, madre o encargado que se está investigando una alegación de acoso escolar o bullying vía telefónica  o por correo electrónico no más tarde de tres (3) días lectivos. El Decano deberá documentar todas las gestiones realizadas para contactar a los padres o encargados.

4.    Durante la investigación, el/la Director/a deberá tomar cualquier acción necesaria para proteger al informante, a la posible víctima, a otros estudiantes o a empleados/as. Esto incluye, pero no se limita a, remover del Colegio al posible acosador como medida cautelar previo a la imposición de las medidas disciplinarias.

5.    El Consejo de Disciplina en pleno se encargará de determinar si la conducta es catalogada como acoso escolar o bullying según la definición provista en este protocolo.
6.    Se informará al/la Director/a los resultados de la investigación en un periodo de no más  de tres (3) días lectivos.

7.    El/la Director/a informará a todas las partes pertinentes acerca de si el incidente investigado se cataloga o no como acoso escolar o bullying.  Una copia de la decisión estará archivada en el expediente del caso.

8.    Se prohíbe represalia de cualquier tipo en contra de las personas  involucradas en el caso y si sucediera, será manejado como un acto de acoso escolar o bullying, alteración a la paz y al orden institucional, según aplique.

Intervención:

1.    La intervención se dará en los casos donde, luego de la investigación, se determine que hubo acoso escolar o bullying. Se aplicará el Reglamento de Estudiantes del Colegio Ponceño al/los acosador/es y al/los agitador/es.

2.    Los padres o encargados del estudiante víctima de acoso podrán iniciar un proceso de querella ante las autoridades policíacas o en la Sala de Investigaciones del Tribunal que corresponda.  De existir daño a la propiedad o si algún personal de la escuela ha sido afectado, la escuela asumirá el proceso de querellas con las autoridades correspondientes.

3.    El/la Directora/a informará y dará seguimiento a cualquier incidente relacionado con un acto de acoso escolar o bullying, así como a las medidas disciplinarias aplicadas.  Redactará un informe escrito explicando las acciones y determinaciones tomadas.  El informe se incluirá en el expediente del caso, el cual estará custodiado por el Decano correspondiente.

Seguimiento:

1.    Para minimizar el impacto emocional que el acoso pueda tener en los estudiantes involucrados, el/la Consejero/a, el Coordinador de Pastoral, el/la Decano/a, maestros y/o personal de apoyo contratado por los padres trabajarán de manera interdisciplinaria el seguimiento del caso.

2.    El/la Decano/a correspondiente solicitará a los maestros de los estudiantes involucrados un informe semanal sobre la conducta del acosador y de la víctima, esto con el propósito de velar por el bienestar de los mismos.  Dichas observaciones semanales se realizarán por un término de no menos de un mes.

3.    En un mes se citará al padre, madre o encargado para discutir el seguimiento del caso.

4.    Toda información que se obtenga después del evento, que ayude a aclarar la situación, será compartida con el/la Directora/a para documentarlo en el expediente del caso.

5.    Del acosador ser reincidente, se tomarán medidas disciplinarias sin descartar una posible expulsión del Colegio.

6.    No se permitirá, a ninguna de las parte, estar asistidos por abogado en ningún momento o etapa del procedimiento que se efectúe en el Colegio.

7.    Este Protocolo podrá ser enmendado en cualquier momento, en cuyo caso se notificará a las familias mediante comunicación escrita.

Ponce, Puerto Rico
agosto de 2013